Qué hacer ante el acoso laboral por cuestión de género
Hoy en día, tener un empleo puede ser un lujo y quien lo consigue sabe que debe cumplir con sus obligaciones laborales. Sin embargo, a veces nos encontramos con superiores que creen que no estamos a la altura del puesto por razones que no tienen que ver con nuestro desempeño. En otras ocasiones, son otros/as empleados/as los/as que piensan así y actúan de la misma manera. Existen varias formas de acoso laboral o mobbing, pero hoy escribimos sobre el relacionado con género, uno de los más habituales y que debe ser combatido desde la razón y las leyes.
El mobbing y el género, porque lo importante es el trabajo realizado
El mobbing con esta nueva variante se ha convertido en un problema y, por eso, creemos necesario dar a conocer cuál debe ser el protocolo de actuación en caso de sufrirlo. Estamos hablando de un problema laboral que se expresa hoy en día en varias vertientes, pero todas tienen el mismo protocolo de actuación. Veamos algunas recomendaciones:
La prueba es esencial
Cuantas más consigamos mejor, incluso grabaciones, ya que el juez las va a aceptar al considerarlas legales siempre y cuando el/la empleado/a participe en ella. Por lo demás, sirven todos los soportes aceptadas en derecho, desde fotos hasta correos electrónicos y, por supuesto, testigos, que pueden ser compañeros, clientes o proveedores.
En este enlace os proporcionamos un artículo muy interesante sobre las grabaciones por particulares, donde a través de la jurisprudencia se justifica que las grabaciones son admitidas.
Segundo, demandar los hechos
En este caso, existen varias opciones, pero podemos agruparlas en dos vías: en la primera, si no queremos acudir de momento al juzgado, podemos denunciar los hechos a la propia dirección de la empresa, al sindicato o a la inspección de trabajo. La otra vía es la judicial, en ella podemos optar por el juzgado de lo social, por el penal, el contencioso administrativo (en caso de ser funcionario) e incluso el civil. Por supuesto, también en una combinación de los anteriores en función del grado de acoso o de la existencia o no de agresiones.
Para proteger la igualdad de género, no debemos callar
Debemos defender nuestros derechos con toda la fuerza de la ley y, en el acoso laboral por cuestión de género, no debe ser diferente. Por eso, cuando creamos que estamos sufriendo discriminación por este motivo, debemos ponerlo en conocimiento de la empresa y del sindicato. Si ellos no resuelven el problema, el siguiente paso es denunciarlo a la inspección de trabajo y, por supuesto, llegar a la vía judicial si es preciso. Quizá hay quien desee comenzar directamente por los juzgados, pero suele ser un procedimiento más lento y costoso, en según que casos, aunque ganemos y la empresa deba correr con las costas. Por eso, asesorarse nunca está de más.
Para evitar que estas situaciones se puedan producir, desde Kaleido Consultoría ayudamos a las organizaciones a poner en marcha un Plan de Igualdad y un procedimiento de actuación frente a Acoso. Para así asegurar que la investigación interna serán realizadas con verdaderas garantías.
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Bibliográfica de interés
Criterios Técnicos de la inspección de trabajo frente a situaciones de acoso.
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