Prevención de riesgos laborales en mujeres embarazadas
La legislación, en materia de prevención de riesgos laborales, recoge, en su artículo 25, la especial protección del personal sensible ante las tareas que supongan un riesgo para su salud. A tales efectos, el empresariado debe trabajar, con ayuda de consultorías expertas, en la evaluación de riesgos para mujeres embarazadas o lactantes, para quienes deben adoptarse medidas de protección y prevención adecuadas.
La protección de la maternidad está reconocida en el artículo 26 de la Ley 31/95, en el que se detallan las obligaciones que contrae la empresa:
1. La evaluación de riesgos, para valorar aspectos como la duración o el grado de la exposición que tienen las trabajadoras embarazadas o de parto reciente a condiciones, agentes o procedimientos laborales que puedan perjudicar su salud y seguridad y la del feto.
2. Poner en marcha las medidas adecuadas, para evitar que la trabajadora se exponga a este riesgo. Si no es posible adecuar el tiempo o las condiciones de trabajo, se podrá expedir un certificado de salud a las mutuas o al Instituto Nacional de la Seguridad Social y, con el informe de la trabajadora proporcionado por el personal sanitario, se deberá proceder a un cambio de función o puesto de trabajo, para adaptarlo a su estado.
3. Si no hubiese otro puesto similar, se podrá reubicar a la trabajadora en un puesto distinto a su grupo o categoría profesional, pero siempre hay que mantener el derecho de las retribuciones del puesto que desempeñase anteriormente.
4. En última instancia, si este cambio no se pudiese efectuar, la empresa deberá promover, según el artículo 45.1 del Estatuto de los Trabajadores, la suspensión del contrato, debido al riesgo en el embarazo, situación en la que permanecerá como medida preventiva.
La legislación protege los derechos de la trabajadora embarazada y lactante. Por ello, las empresas han de apoyarse en consultorías expertas y garantizar su protección e igualdad laboral.
Si te ha parecido interesante este contenido, compártelo haciendo click en las siguientes redes. También puedes suscribirte a nuestra newsletter para recibir en tu email los artículos del blog.
Bibliografía de interés
- Guía para la prevención de riesgos para la reproducción, el embarazo y la lactancia: http://www.istas.ccoo.es/descargas/guiamaternidad3edicion.pdf
- Directrices para la evaluación de riesgos y protección de la maternidad en el trabajo: http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Instituto/Noticias/Noticias_INSHT/2011/ficheros/2011_11_23_DIR_MATER.pdf
- Prevención de riesgos laborales de la trabajadora en situación de embarazo, que ha dado a luz o de lactancia: https://www.ihan.es/cd/documentos/Riesgos_laborales_gobierno_vasco.pdf
- Nota Técnica de Prevención nº 992 del INSHT: http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/NTP/NTP/Ficheros/961a972/ntp-992%20w.pdf




La longitud del campo es incorrecta
Buenos días Carlota, no entendemos exactamente lo que significa eso de la longitud del campo es incorrecta. ¿Nos puedes explicar un poco más?. Gracias y bienvenida al blog de Kaleido Consultoria.